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Factura electrónica para autónomos: qué te afecta

· Actualizado el 22/9/2026

Qué obligaciones de facturación electrónica llegan a los autónomos, en qué orden, y qué programa necesitas para cumplir sin cambiar de sistema dos veces.

La factura electrónica para autónomos se ha convertido en una fuente de confusión porque en realidad son dos obligaciones distintas que todo el mundo mezcla en una. Recibes mensajes contradictorios del asesor, del banco, de la web de un programa y del vecino de al lado, y acabas sin saber qué tienes que hacer ni cuándo. Vamos a separarlas, ponerle a cada una su fecha y, sobre todo, responder a lo práctico: qué programa elegir ahora para no tener que cambiar dos veces.

Antes de nada: esto es divulgativo. Las fechas dependen de un calendario que aún tiene piezas por cerrar, así que para tu caso concreto confírmalo con tu asesor.

Dos obligaciones distintas, no una

Verifactu regula cómo tu programa registra cada factura; la factura electrónica entre empresas regula el formato en que la emites y la envías a otras empresas. Son cosas separadas, con calendarios separados, y te van a afectar las dos. Confundirlas es lo que genera el lío: no es “la factura electrónica” a secas, son dos normas que tocan momentos distintos de la misma factura.

Verifactu: qué te toca y cuándo

Verifactu obliga a que tu programa de facturación genere un registro inalterable y encadenado de cada factura, para que no se pueda borrar ni manipular por detrás. Es una medida antifraude, y afecta a prácticamente todo el que factura con un programa. Según el calendario vigente, entra en vigor el 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio de 2027 para los autónomos (IRPF), tras el aplazamiento aprobado a finales de 2025.

Un detalle que te sirve como filtro: los fabricantes de software llevan obligados a tener sus programas adaptados desde antes que los usuarios. Así que un programa que a día de hoy no cumple Verifactu es mala señal sobre quién hay detrás. Todo lo que exige, en programa de facturación Verifactu.

Factura electrónica entre empresas: qué te toca y cuándo

La otra obligación, la que viene de la ley Crea y Crece y del Real Decreto 238/2026, es emitir y recibir las facturas en un formato electrónico estructurado en lugar del PDF de siempre. Aquí hay dos matices que te descargan de agobio:

  • Solo aplica a facturas a otras empresas y profesionales, no a las que haces a clientes particulares.
  • Los autónomos están en el último tramo del calendario, el más tardío.

Además, los plazos concretos se cuentan desde una orden ministerial que desarrolla la solución pública, así que la fecha exacta para autónomos todavía no está cerrada del todo. Lo que sí puedes hacer es ir preparado. El detalle completo de la norma, en factura electrónica obligatoria entre empresas. Y para quien factura poco, habrá una solución pública gratuita de la Agencia Tributaria como alternativa a un programa privado.

Lo que NO te afecta

Tan útil como saber qué te obliga es saber qué no, para dejar de preocuparte por lo que no va contigo:

  • Las facturas a particulares quedan fuera de la obligación de factura electrónica entre empresas.
  • Las facturas simplificadas (los tiques) también quedan fuera.
  • El SII (el suministro inmediato de información del IVA) solo obliga a determinados colectivos; si no estás en ellos, no es tu caso. Quién entra y quién no, en qué es el SII y a quién obliga.

Si tu actividad es sobre todo con particulares y con tiques, buena parte del ruido que oyes no va contigo; lo que sí te alcanza a casi todos es Verifactu.

Qué programa elegir para no cambiar dos veces

Aquí está el consejo que justifica todo el artículo: elige ahora un programa que cubra las dos obligaciones, aunque la segunda te quede lejos. Cambiar de programa dos veces —uno para Verifactu ahora y otro para la factura electrónica después— cuesta el doble, y cada cambio pone en riesgo tu histórico. Un programa que hoy ya cumple Verifactu y tiene previsto el formato de factura electrónica te resuelve las dos con un solo cambio. Qué necesita de verdad un autónomo, en software de gestión para autónomos; y si vienes de un programa viejo, cómo migrar sin perder datos en cambiar de programa de facturación.

Cuándo un autónomo necesita algo más que facturar

Facturar en regla es lo mínimo, pero puede que no sea lo único que necesites. Si llevas stock, si compras para revender, si gestionas varios proyectos a la vez o si quieres saber qué te deja cada trabajo, la facturación es solo una parte del problema. En ese caso, aprovechar el cambio obligatorio para dar un paso más tiene sentido: lo vemos en programa de facturación o ERP: cuándo das el salto.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que emitir factura electrónica a mis clientes particulares?

No. La obligación de factura electrónica estructurada es para las operaciones entre empresas y profesionales. Las facturas a particulares y las facturas simplificadas (tiques) quedan fuera. Otra cosa es Verifactu, que afecta a cómo tu programa registra todas tus facturas, sean a quien sean.

¿Sirve el Excel o el Word para facturar siendo autónomo?

Con Verifactu, no. La norma exige que las facturas las genere un programa que produzca registros inalterables y encadenados, algo que una hoja de cálculo o un documento de texto no hacen. Cuando la obligación te alcance, necesitarás un programa que cumpla; ir preparando el cambio antes te evita las prisas.

¿Puedo usar la solución pública gratuita de la Agencia Tributaria?

Está previsto que haya una solución pública gratuita para la factura electrónica entre empresas, pensada sobre todo para quien factura poco. Puede ser suficiente si tu actividad es sencilla, pero si necesitas gestionar clientes, cobros, stock o proyectos, se te quedará corta y te compensará un programa de gestión que además cumpla la normativa.

Cumplir con la normativa sin cambiar de sistema dos veces es, sobre todo, elegir bien ahora. Analizamos qué necesitas de verdad —solo facturar o algo más—, te decimos qué encaja y lo implantamos contigo: así enfocamos la elección e implantación.

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